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Rehabilitación de espacios mineros, experiencia española

Rehabilitación Medioambiental

Queremos iniciar este texto aclarando una cuestión semántica. En algunos países la legislación minera hace referencia a restaurar, pero entendemos que es preferible utilizar, en el caso de minería, el término rehabilitar, ya que ni es posible ni es el objetivo devolver el entorno afectado a su situación primitiva, pero si que lo es el darle el uso más favorable teniendo en cuenta los aspectos sociales, económicos y ambientales. Otros términos que entendemos podrían ser apropiados son los de revitalizar o reacondicionar.

Para esta rehabilitación es fundamental el diálogo con los moradores del entorno, con los entes locales, y con todas las instituciones que estén dispuestas a aportar contribuciones de interés a ese planteamiento. Esto permite a la empresa minera informar con respecto a las acciones correctoras previstas, e incluso ajustar los objetivos a las necesidades de la sociedad.

Con estos apoyos se deben plantear, en los Planes de Rehabilitación, los usos futuros de los espacios mineros, para los que caben muchas alternativas, que pueden ir desde dejar al descubierto las estructuras geológicas de interés didáctico, para su observación, hasta dar empleo naturalista, o forestal, o cultural… al espacio minero.

Para esta elección existen una serie de condicionantes, entre los que destacan: tipo de explotación; entorno medioambiental y socioeconómico (clima, geología, hidrología, fauna, flora, paisaje, historia, demografía, economía, etc.); características del suelo; intereses de las entidades locales; sostenibilidad de la rehabilitación; costes derivados; etc.

Orientaciones de la rehabilitación

La actividad minera requiere cierta ocupación del territorio, no sólo para la explotación en sentido estricto (subterránea o a cielo abierto), sino también para la ubicación de todas las instalaciones industriales anexas, así como para el almacenamiento temporal o definitivo de los estériles mineros, y de los residuos de tratamiento del mineral.

Esta ocupación tiene que realizarse en un contexto de ordenación del territorio, teniendo presentes todos los condicionantes que un buen uso y gestión del suelo imponen y, de manera especial, considerando que se trata de una actividad transitoria, más o menos larga en el tiempo, que requiere prever anticipadamente las posibles ocupaciones posteriores de dicho espacio.

Por todo ello la actividad minera debe plantearse, desde el momento inicial, acompañada por un estudio muy completo del estado pre-mina (“estado cero”), y de lo que se proyecta como estado final, sobre la base de un proyecto de rehabilitación continua, en el que deben anticiparse las acciones a adoptar tan pronto sea posible.

Puede acceder al artículo completo descargando el siguiente PDF.

pdf REHABILITACIÓN DE ESPACIOS MINEROS - EXPERIENCIA ESPAÑOLA

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